Causas del despido objetivo

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Es bien sabido que en España la legislación actual protege a los trabajadores frente a una posible violación de sus derechos por parte de la empresa, recogiendo estos derechos y sus obligaciones en el Estatuto de los Trabajadores y uno de los más importantes es el derecho a conservar su puesto de trabajo. No obstante, existen determinadas circunstancias por las que una empresa tiene derecho a rescindir un contrato. Hablamos del despido objetivo.


Qué causas contemplan el despido objetivo


El artículo 52 de del Estatuto de los Trabajadores contempla la posibilidad de que una empresa pueda tomar la decisión de extinguir la relación laboral con un trabajador siempre que se cumpla uno estos cuatro supuestos:


Ineptitud de la persona trabajadora

Cuando esta es conocida o sobrevenida a la contratación por parte de la empresa, siempre y cuando esta ineptitud haya surgido o se haya dado a conocer después de la contratación. En el caso de que la empresa ya conociera de antemano la ineptitud, esta no sería causa de despido.


Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas


Cuando en la empresa se realizan modificaciones técnicas y el trabajador no se adapta a ellas . En este supuesto, el trabajador tiene derecho a que la empresa le ofrezca la posibilidad de realizar un curso de formación para que pueda adaptarse a estas modificaciones y el despido no puede ser efectivo hasta que no hayan transcurrido al menos dos meses desde la modificación, o desde la finalización del curso de formación.


Por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción

Cuando alguna de estas causas impide a la empresa seguir manteniendo un determinado puesto o puestos de trabajo y siempre los trabajadores afectados no superen la cifra establecida en el artículo 51.1 en cuyo caso se trataría de un despido colectivo, que conlleva otra serie de requisitos especiales
Las causas económicas están justificadas cuando la empresa atraviesa una mala situación económica durante tres trimestres consecutivos y se demuestra que el nivel de ingresos siempre es inferior al del mismo trimestre del ejercicio anterior. Las causas técnicas, organizativas y de producción se justifican cuando la empresa ha introducido cambios en la producción, optimizando su estructura o hay cambios en la demanda de ciertos productos o servicios, y por tanto hacen innecesarios ciertos puestos de trabajo.


Por falta de dotación económica

Esta causa es sólo aplicable a trabajadores con contratos por tiempo indefinido que hayan sido concertados por entidades sin ánimo de lucro financiadas por Administraciones

Públicas mediante consignaciones presupuestarias y hubiera insuficiencia en la dotación económica para seguir manteniendo los puestos de trabajo.


Requisitos para que el despido objetivo sea procedente

La empresa, además de cumplir con alguna de las causas de despido objetivo, debe cumplir también con una serie de requisitos para que el despido objetivo sea procedente. En primer lugar debe comunicar por escrito al trabajador la causa del despido y hacerlo con 15 días de antelación, en los cuales el trabajador tendrá derecho a 6 horas semanales retribuidas para buscar otro empleo y pagar al trabajador la indemnización por despido que le corresponda.