Condiciones generales de contratación

GRUPO LEVER (LEVER MANAGEMENT CONSULTING, S.L. – LEVER ADVISORY, S.L. – LEVER LEGAL, S.L.)

I. Ámbito y Alcance del Servicio

  1. Objeto y Relación Contractual

    Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, CGC) regulan la relación profesional entre LEVER MANAGEMENT CONSULTING, S.L.LEVER ADVISORY, S.L. y LEVER LEGAL, S.L., que actúan conjunta o separadamente bajo la denominación GRUPO LEVER (en adelante, EL PRESTADOR), y el cliente (en adelante, EL CLIENTE).
    Estas CGC, junto con la propuesta, presupuesto o contrato particular aceptado, constituyen el acuerdo íntegro entre las partes, conforme al artículo 1255 del Código Civil y la Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación. Su aceptación, mediante firma o ejecución efectiva del servicio, implica la adhesión plena y sin reservas del CLIENTE a su contenido.
  2. Naturaleza de los Servicios

    EL PRESTADOR presta servicios de consultoría en dirección y control financiero, asesoría contable, fiscal y laboral, así como asesoramiento jurídico. Salvo pacto expreso, los servicios constituyen obligaciones de medios, no de resultado. EL PRESTADOR se compromete a ejecutar las prestaciones con la diligencia y profesionalidad exigibles a su actividad.
  3. Alcance y Modificaciones

    El alcance de los servicios será el expresamente definido en la propuesta, presupuesto o contrato particular. Cualquier modificación, ampliación o nueva encomienda deberá formalizarse por escrito y se considerará un contrato independiente.
  4. Independencia Profesional y Conflictos de Interés

    EL PRESTADOR actuará con plena independencia técnica y profesional, no estando condicionado por intereses del CLIENTE ni de terceros. EL CLIENTE se compromete a informar de inmediato de cualquier situación que pudiera constituir conflicto de interés, en particular cuando solicite asesoramiento simultáneo sobre partes enfrentadas o competidores directos. Esta cláusula proporciona cobertura frente a eventuales impugnaciones éticas o de responsabilidad solidaria.

II. Obligaciones y Colaboración del Cliente

  1. Veracidad y Exactitud de la Información

    EL CLIENTE se compromete a proporcionar de forma completa, veraz y actualizada toda la información, documentación y datos necesarios para la correcta ejecución de los servicios, garantizando su autenticidad y legitimidad. EL PRESTADOR podrá basar sus actuaciones en la información recibida sin obligación de verificar su exactitud, salvo que la normativa aplicable imponga comprobaciones específicas. Los perjuicios derivados de datos falsos, incompletos o inexactos serán de exclusiva responsabilidad del CLIENTE.
  2. Debida Diligencia y Colaboración

    EL CLIENTE colaborará activamente, facilitará el acceso a los responsables internos designados y atenderá las solicitudes razonables de información o aclaración. Asimismo, revisará los informes y entregables en un plazo de quince (15) días naturales desde su recepción, notificando por escrito cualquier disconformidad; transcurrido dicho plazo sin objeción, se entenderán aceptados.
  3. Cumplimiento de Obligaciones LegalesEL CLIENTE será responsable del cumplimiento de sus obligaciones legales, tributarias, contables, laborales o mercantiles. EL PRESTADOR no responderá de sanciones, recargos o liquidaciones resultantes de decisiones adoptadas por el CLIENTE, ni garantiza la aceptación de las mismas por parte de las autoridades competentes.

III. Honorarios, Gastos y Revisión de Precios

  1. Determinación y Desglose

    Los honorarios serán fijados de común acuerdo entre las partes y podrán basarse en tiempo, complejidad, valor económico o tarifa fija. Las facturas reflejarán de forma desglosada honorarios, impuestos, suplidos y gastos reembolsables.
  2. Forma y Plazo de Pago

    EL CLIENTE abonará las facturas dentro del plazo pactado o, en su defecto, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a su emisión. El impago faculta a EL PRESTADOR a suspender temporalmente la prestación y devenga intereses de demora conforme al artículo 7 de la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad, incrementados en tres (3) puntos porcentuales.
  3. Revisión de Honorarios

    En contratos de duración superior a un año, o cuando concurran variaciones sustanciales de costes o condiciones de mercado, los honorarios podrán revisarse anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) u otro índice oficial análogo, previa notificación con treinta (30) días de antelación.
  4. Revisión de Honorarios por Variación de Volumen de Trabajo

    En los servicios de carácter recurrente, especialmente en los de gestión y asesoramiento contable, los honorarios se determinan en función del volumen de operaciones económicas o administrativas del CLIENTE.

    Si durante la vigencia del contrato se produjeran cambios sustanciales en dicho volumen —entendidos como incrementos o reducciones significativos del número de operaciones, documentos o transacciones mensuales— EL PRESTADOR podrá ajustar los honorarios al tramo que corresponda según su política interna de tarifas, previamente comunicada o accesible al CLIENTE.

    Este ajuste no implica una modificación arbitraria del precio, sino la adecuación a la carga real de trabajo, conforme a los niveles de dedicación y recursos efectivamente requeridos para la correcta prestación del servicio.

    En todo caso, EL PRESTADOR notificará por escrito al CLIENTE el cambio de tramo o tarifa con una antelación mínima de treinta (30) días naturales, indicando los motivos y el nuevo importe aplicable a partir del periodo siguiente.

    El CLIENTE podrá manifestar su disconformidad dentro de dicho plazo, en cuyo caso ambas partes renegociarán las condiciones o, si no se alcanza acuerdo, cualquiera podrá resolver el contrato sin penalización.

    Los tramos de referencia se basan en intervalos de volumen de operaciones anuales, que EL PRESTADOR podrá actualizar o revisar anualmente conforme a criterios de mercado o de eficiencia operativa.
  5. Renegociación por Cambios Normativos o Circunstancias Extraordinarias

    Si durante la vigencia del contrato se produjeran modificaciones legislativas o regulatorias que afecten sustancialmente a la prestación, las partes renegociarán las condiciones. De no alcanzarse acuerdo en un mes, cualquiera podrá resolver el contrato sin derecho a indemnización.
  6. Servicios Recurrentes, Prórroga Tácita y Prioridad de Cliente

    Para servicios periódicos o de igualas mensuales:
    1. Se establece la prórroga tácita mensual de los servicios, salvo denuncia escrita de cualquiera de las partes con 15 días de antelación al vencimiento de cada periodo.
    2. EL PRESTADOR podrá priorizar la atención en función del nivel de contratación, SLA pactado o volumen de colaboración, sin perjuicio del deber general de diligencia profesional.
    3. Las variaciones en el alcance o en los niveles de servicio se documentarán por escrito y ajustarán la tarifa correspondiente.
  7.  Revisión o Actualización Técnica

    En caso de modificación sustancial de la normativa aplicable que afecte a los servicios, GRUPO LEVER podrá proponer la adaptación técnica o económica de los mismos, previa comunicación al CLIENTE.

IV. Seguridad de la Información, Ciberseguridad, Conservación y Devolución Documental

  1. Seguridad de la Información y Ciberseguridad

    EL PRESTADOR aplicará medidas técnicas y organizativas adecuadas (entre otras, controles de acceso, autenticación, cifrado, copias de seguridad y registro de incidentes) para proteger la información a la que tenga acceso en el marco del contrato. EL CLIENTE se compromete a garantizar la seguridad de los canales, sistemas y documentos que comparta con EL PRESTADOR, utilizando plataformas y procedimientos seguros. EL PRESTADOR no será responsable de ataques informáticos, brechas de seguridad o indisponibilidades no imputables directamente a su actuación o a la de sus subcontratistas bajo su control.
  2. Conservación y Devolución Documental

    La documentación del CLIENTE que obre en poder del PRESTADOR se conservará durante un plazo de cinco (5) años desde la finalización del encargo o por el plazo legal que resulte aplicable (el que sea mayor). A la terminación del contrato, EL CLIENTE podrá solicitar por escrito la devolución o destrucción de su documentación e información, salvo aquella que deba conservarse por obligación legal o para la defensa jurídica de EL PRESTADOR. La entrega se realizará en formato razonable y sin incluir metodologías, plantillas, modelos, herramientas o know-how propios del PRESTADOR.

V. Terceros, Subcontratación y Recursos Externos

  1.  Profesionales y Proveedores ExternosEL PRESTADOR podrá contar con colaboradores o subcontratar servicios especializados, garantizando que éstos cumplan obligaciones de confidencialidad y calidad equivalentes. EL cliente autoriza expresamente esta posibilidad, sin que ello implique alteración de la responsabilidad directa de EL PRESTADOR frente al CLIENTE.
  2. Responsabilidad frente a Terceros

    EL PRESTADOR no responderá de actuaciones u omisiones de profesionales externos designados por EL CLIENTE ni de los perjuicios ocasionados por herramientas tecnológicas o plataformas ajenas al control del PRESTADOR.
  3. Notificación de Subcontratación

    Cuando la naturaleza del encargo lo justifique, EL PRESTADOR informará al CLIENTE de la subcontratación efectuada.
  4. Continuidad del Servicio en caso de Reorganización Societaria

    Las partes acuerdan que cualquier sociedad de GRUPO LEVER podrá asumir, sustituir o continuar la ejecución de los servicios sin necesidad de nuevo contrato, conservando idénticos derechos y obligaciones.

VI. Prevención de Blanqueo, Cumplimiento Normativo y Ética Corporativa

  1. Prevención del Blanqueo de Capitales

    En cumplimiento de la Ley 10/2010, EL CLIENTE deberá aportar la documentación acreditativa de su identidadactividad y titularidad real, así como el origen lícito de los fondos. EL PRESTADOR podrá denegar o suspender la prestación cuando existan indicios de operaciones ilícitas o riesgo reputacional.
  2. Suspensión o Resolución por Riesgos Legales

    EL PRESTADOR podrá suspender o resolver el contrato si el CLIENTE incumple la legislación aplicable o las normas de conducta corporativa, sin que ello genere derecho a indemnización.
  3. Cumplimiento Ético y Reputacional

    Ambas partes se comprometen a observar una conducta ética, íntegra y conforme a los principios de transparenciasostenibilidadno discriminación y respeto al marco legal vigente. EL PRESTADOR podrá resolver el contrato si el comportamiento del CLIENTE compromete gravemente su reputación o la de sus sociedades.
  4. Auditoría o Revisión de Cumplimiento

    EL PRESTADOR se reserva el derecho de auditar internamente el cumplimiento de sus obligaciones profesionales y éticas en relación con el presente contrato, garantizando en todo caso la confidencialidad del CLIENTE.

VII. Modificaciones, Fuerza Mayor y Terminación

  1. Modificaciones Contractuales

    Cualquier modificación a estas CGC o al contrato particular requerirá acuerdo escrito y aceptación expresa de ambas partes.
  2. Fuerza Mayor

    Ninguna parte será responsable de los incumplimientos ocasionados por causa de fuerza mayor o caso fortuito, conforme al artículo 1105 del Código Civil. Si la suspensión se prolonga más de tres (3) meses, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante notificación escrita.
  3. Terminación Anticipada

    El contrato podrá resolverse de forma anticipada por:
    1. Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.
    2. Impago reiterado.
    3. Imposibilidad técnica o legal sobrevenida.
    4. Causas reputacionales o normativas graves.
    5. Voluntad de cualquiera de las partes, mediante preaviso escrito de treinta (30) días naturales.
  4. Publicación y modificación de las CGC

    Las presentes Condiciones Generales de Contratación estarán en todo momento disponibles en la página web corporativa de GRUPO LEVER. El CLIENTE reconoce haberlas leído y aceptado y se compromete a consultarlas periódicamente.

    EL PRESTADOR podrá actualizar o modificar unilateralmente las CGC con el fin de adaptarlas a cambios legislativos, a decisiones judiciales, a la evolución del mercado o a mejoras de procesos internos. La nueva versión sustituirá a la anterior y se publicará de forma visible en la web corporativa. Estas actualizaciones no afectarán a los servicios contratados con anterioridad a su entrada en vigor, de modo similar a lo previsto en otros operadores jurídicos.

    Las modificaciones de las CGC no tendrán efectos retroactivos sobre los contratos firmados o pedidos ya confirmados. En los contratos de prestación continua o de larga duración (por ejemplo, servicios recurrentes o igualas mensuales), las nuevas condiciones se aplicarán al siguiente periodo de facturación siempre que se hayan notificado al CLIENTE con al menos treinta (30) días naturales de antelación y el CLIENTE no haya manifestado por escrito su oposición antes de la entrada en vigor de dichas modificaciones. La continuidad en la prestación del servicio sin oposición expresa implicará la aceptación de las nuevas condiciones. En caso de oposición, ambas partes podrán resolver el contrato de mutuo acuerdo, sin derecho a indemnización.

    En ningún caso las modificaciones de las CGC alterarán las condiciones económicas, derechos u obligaciones de servicios ya ejecutados o de pedidos previamente confirmados, conforme a las prácticas contractuales habituales.

    Cuando las modificaciones afecten a los derechos esenciales del CLIENTE o al alcance de los servicios, EL PRESTADOR lo notificará por medios electrónicos (correo electrónico o área de cliente) con indicación expresa de la fecha de entrada en vigor. Cualquier duda o discrepancia deberá comunicarse por escrito al PRESTADOR en un plazo de quince (15) días naturales.

VIII. Responsabilidad, Limitaciones y Prescripción

  1. Responsabilidad por Daños Directos

    EL PRESTADOR responderá únicamente de los daños directos causados por dolo o negligencia grave en el ejercicio profesional. Quedan excluidos los daños indirectos, lucro cesante, pérdida de oportunidad y perjuicios de imagen.
  2. Limitación Cuantitativa

    La responsabilidad global de EL PRESTADOR, por cualquier causa, no excederá del importe total de los honorarios devengados en los doce (12) meses anteriores al hecho causante.
  3. Decisiones Autónomas del Cliente

    GRUPO LEVER no será responsable de las decisiones adoptadas por el CLIENTE basadas total o parcialmente en el asesoramiento prestado, ni de los efectos derivados de su ejecución parcial o tardía, salvo dolo o negligencia grave.
  4. Responsabilidad por Alteración o Uso Indebido de los Informes

    EL PRESTADOR no será responsable de los daños, perjuicios o consecuencias derivados de la modificación, alteración, interpretación parcial, manipulación o uso indebido de los informes, documentos o entregables elaborados por GRUPO LEVER una vez entregados al CLIENTE.

    En particular, cualquier alteración en el contenido, formato o contexto original de los mismos —ya sea por medios manuales o electrónicos— eximirá de toda responsabilidad a EL PRESTADOR, quedando el CLIENTE como único responsable del uso posterior que realice de dichos materiales.

    Asimismo, EL CLIENTE se compromete a no reproducir ni compartir los informes fuera del ámbito para el que fueron elaborados sin autorización expresa y por escrito de EL PRESTADOR.
  5. Prescripción de Reclamaciones

    Toda reclamación deberá formularse por escrito en un plazo máximo de dos (2) años desde la finalización del servicio o la emisión de la última factura relacionada. Transcurrido dicho plazo, se considerará extinguida cualquier acción.
  6. Concurrencia de Culpa y Responsabilidad Compartida

    Si el daño resulta de la conducta u omisión del CLIENTE, o de terceros bajo su dirección, la responsabilidad de EL PRESTADOR se reducirá proporcionalmente.

IX. Propiedad Intelectual, Referencias Comerciales y Confidencialidad

  1. Propiedad Intelectual

    Los informes, estudios, metodologías, bases de datos, modelos o herramientas elaboradas por EL PRESTADOR son de su exclusiva titularidad. EL CLIENTE solo podrá utilizarlos para los fines propios del contrato y no podrá divulgarlos, reproducirlos ni transferirlos sin autorización escrita.
  2. Referencias Comerciales

    EL PRESTADOR podrá mencionar el nombre comercial del CLIENTE únicamente con fines de referencia o acreditación profesional, salvo oposición expresa del CLIENTE. En ningún caso se divulgarán datos confidenciales ni importes económicos.
  3. Confidencialidad

    Ambas partes se obligan a guardar secreto sobre la información y documentación a la que accedan durante la vigencia del contrato. Esta obligación subsistirá indefinidamente tras su finalización y solo podrá quebrantarse por mandato legal o requerimiento judicial.

X. Garantía Post-Servicio

  1. Correcciones y Alcance Temporal

    EL PRESTADOR revisará, sin coste adicional, los errores materiales comprobados en informes o declaraciones dentro del mes siguiente a su entrega, siempre que EL CLIENTE no los haya alterado. En servicios fiscales o contables, esta garantía se extenderá hasta el cierre del ejercicio impositivo en el que se prestaron los servicios.
  2. Revisión Posterior

    Cualquier revisión posterior, modificación o actualización normativa será considerada un nuevo encargo y presupuestada independientemente.

XI. Comunicaciones Electrónicas

Se reconoce plena validez jurídica a las comunicaciones electrónicas entre las partes, incluidas notificaciones, propuestas, facturas y firma digital. EL CLIENTE consiente expresamente el uso del correo electrónico y plataformas seguras para el intercambio de documentos y notificaciones.

XII. Jerarquía Documental e Integridad del Contrato

  1. Interpretación y Jerarquía

    En caso de contradicción entre estas CGC y la propuesta particular o el anexo técnico, prevalecerá lo dispuesto en la propuesta firmada por las partes.
  2. Integridad del Contrato

    El presente contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes y sustituye cualquier acuerdo o comunicación previa, escrita o verbal.

XIII. Prestación Transnacional de Servicios, Ley Aplicable y Resolución de Conflictos

  1. Prestación Transnacional y Medios Telemáticos

    Los servicios podrán prestarse a distancia mediante medios telemáticos, con plena validez jurídica en el ámbito de la Unión Europea.
  2. Ley Aplicable

    El contrato se regirá por el Derecho español y la normativa europea aplicable a la prestación de servicios profesionales transfronterizos.
  3. Arbitraje y Jurisdicción

    Las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

XIV. Aceptación y Vigencia

La aceptación de las presentes CGC se formaliza mediante la firma del contrato o presupuesto, o mediante la ejecución efectiva del servicio.

Estas CGC permanecerán en vigor durante toda la relación contractual y seguirán produciendo efectos respecto de las obligaciones derivadas durante su vigencia, incluso después de su terminación.

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