Obligaciones de la empresa ante el teletrabajo

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Tras la pandemia, el teletrabajo llegó para quedarse. Eso hace que las empresas tengan que regular este tipo de trabajo para asegurarse que los trabajadores hacen bien su trabajo y puedan disfrutar de sus derechos. Y es aquí cuando nos surge la pregunta, ¿qué obligaciones tiene una empresa ante el teletrabajo de sus trabajadores? Si tú también te estás haciendo esa pregunta, te damos la respuesta a continuación.

Teletrabajo: ¿Qué tiene que ofrecer la empresa al trabajador?

Teniendo en cuenta la ley 28/2020 de Trabajo a Distancia, podemos ver cómo la empresa está obligada a facilitar a los trabajadores el equipo necesario para que pueda desarrollar su trabajo. Al igual que le debe ofrecer los medios y herramientas para que el mismo se pueda desarrollar sin problemas. Eso quiere decir que, por ejemplo, el trabajador no tiene que usar su propio ordenador, sino que es la empresa la que se lo tiene que proporcionar.

Por otra parte, la empresa también debe encargarse del buen mantenimiento de las herramientas que ofrece al trabajador. Eso quiere decir que debe encargarse de la seguridad y la renovación de ese material en el caso de que con el uso comience a deteriorarse.

Otra de las obligaciones de la empresa es poner por escrito las condiciones del teletrabajo para que el trabajador tenga constancia de las mismas. Todos los trabajadores deben recibir una copia y tener constancia de la duración del teletrabajo. Hay empresas que lo hacen de manera indefinida y otras de manera temporal. Lo que está claro es que el teletrabajo beneficia a ambas partes, por lo que cada vez son más empresas las que apuestan por el mismo.

¿Qué parte debe hacer frente a los gastos asociados al teletrabajo?

Es un apartado que preocupa y mucho sobre todo a los trabajadores. En este apartado, la ley no es concreta, por lo que se suele pactar entre las partes para llegar a un acuerdo.

Con la ley en la mano, podemos ver que “el trabajador tiene derecho al abono y compensación de gastos”. Pero no deja claro cuáles son los gastos. Por ese motivo, el coste energético, de internet… se suelen pagar a medias. Eso sí, todo se suele pactar en el momento de redactar el contrato para no tener problemas.

Y si la empresa no hace frente a ese gasto, intenta negociar para no tener una pérdida económica que no deberías hacer frente tú.

¿El trabajador tiene derecho a la desconexión digital?

La respuesta es sí. Todos los trabajadores, incluidos los que teletrabajan tienen derecho a la desconexión digital una vez que han finalizado su jornada laboral. Todo está regulado en la Ley Orgánica 3/2018, por lo que se presenta como otra de las obligaciones de la empresa ante el teletrabajo de los trabajadores.

En esa ley no solo se deja claro que el trabajador tiene derecho a un descanso en su jornada laboral. También tiene derecho a estar libre de trabajo una vez acabada la jornada. Eso significa que cuando se finaliza el trabajo, el trabajador tiene derecho a desconectar. Es decir, la empresa debe ser la encargada de asegurarse que el trabajador no va a recibir notificaciones laborales para que pueda disfrutar de su vida personal.