¿Qué es el Redeme?

Qué es el REDEME
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El REDEME es el Sistema de Devolución Mensual del IVA, que posibilita a autónomos y toda empresa, sea esta PYME o no, liquidar el IVA de forma mensual, no teniendo así que presentarlo trimestralmente, a través del modelo 303.

De este modo, los contribuyentes del IVA liquidan el impuesto cada mes y no cada tres meses, lo que aumenta la liquidez, en el caso de empresas que resultan con saldo a favor en las declaraciones.

¿Quién puede acceder al REDEME?

Hoy por hoy, la mayoría de los declarantes de IVA pueden utilizar el REDEME, con independencia de su actividad o nivel de facturación.

Este sistema solía aplicarse únicamente a las grandes empresas (con un volumen de negocios mayor de seis millones de euros) y a las empresas exportadoras, sin embargo, en la actualidad todos los sujetos pasivos que tributan IVA pueden acogerse al mismo.

El REDEME está orientado a evitar los costes financieros derivados del retraso en el cobro de las devoluciones del IVA. Es adecuado para empresarios y autónomos que necesiten adquirir bienes o servicios con el fin de utilizarlos en actividades profesionales y/o para quienes inicien un nuevo proyecto.

Cómo inscribirse en el régimen de devolución mensual del IVA

Para registrarse en el REDEME, se debe cumplir una serie de condiciones:

  • La solicitud para inscribirse se realiza a través de los modelos 036 o 039.
  • No se dediquen a actividades que tributen en el régimen simplificado.
  • Estar al día con Hacienda, sin ningún pago pendiente a las autoridades fiscales.
  • No encontrarse en situación de baja cautelar del REDEME.
  • No haber sido excluido del REDEME en los últimos tres años.

Si ha realizado la gestión de baja en el REDEME, no podrá optar a la reinscripción hasta pasado un año.

¿Cuándo puedo solicitar el REDEME?

Las solicitudes de inscripción en el REDEME se realizan en noviembre y tienen un año de plazo para entrar en vigor. Esto significa que si se solicita este mes, es decir, en noviembre de 2021, no entrará en vigor hasta noviembre de 2022. La modalidad de inscripción es telemática.

Permanencia del REDEME y motivos de baja o exclusión

Hay que tener en cuenta que si se opta por este régimen de devolución mensual del IVA, se está obligado a permanecer en este régimen al menos un año.

La baja en el REDEME se puede solicitar en el mes de noviembre del año anterior al que se hace efectiva la baja. No es posible volver a solicitar la inscripción durante el año natural en el que se solicita la baja. Esto significa que si se presenta la baja de inscripción de 2018 en noviembre de 2017, no se puede volver a solicitar en noviembre de 2018 para que la nueva inscripción entre en vigor en 2019.

Podrás ser excluido del régimen si no cumples los requisitos para acogerte a dicho sistema de devolución mensual del IVA, o si los datos censales que facilitaste a la administración para el registro resultan ser inexactos o falsos.

Ten en cuenta que esta exclusión implica que no se admitirán solicitudes en el marco del REDEME durante un período de tres años a partir de la fecha de notificación de la exclusión.